Foro de Observation.Org España

Información => Traductores, Revisores y Administradores => Mensaje iniciado por: Coordinación Observation España en Agosto 10, 2016, 08:20:17 PM

Título: Rarezas: Criterio de definición
Publicado por: Coordinación Observation España en Agosto 10, 2016, 08:20:17 PM
En Observation.org existen dos maneras de calificar una especie a nivel regional:

Quizás David Templeman @david020  pueda arrojar más luz sobre esta clasificación, pero aparentemente tienen funciones distintas. En cualquier caso, convendría analizar el estatus y frecuencia de las especies actuales con el objetivo de minimizar en la medida de lo posibles errores de introducción (que para mi es lo principal), y por supuesto también para dar algo de importancia a las observaciones más relevantes.
Título: Re:Rarezas: Criterio de definición
Publicado por: Coordinación Observation España en Octubre 03, 2016, 09:48:35 AM
Para el establecimiento del status de las especies en España y cada una de sus subregiones, es un buen punto de partida la lista de SEO/Birdlife.

A este respecto, lo primero es establecer una definición de de los distintos Estatus. SEO/Birdlife los define de la siguiente manera:

CitarDEFINICIONES

Especie nativa (o autóctona): Especie que se encuentra dentro de su área de distribución natural, pasada o presente, o dentro de su área de potencial dispersión, es decir, aquella a la que puede llegar por sus propios medios.

Especie exótica (o alóctona): Especie que se encuentra fuera de su área de distribución natural o de potencial dispersión, suponiéndose por ello algún tipo de intervención humana que se traduce en su traslado a través de una determinada barrera biogeográfica.

Introducción: Proceso por el cual una especie franquea una barrera biogeográfica gracias a la intervención humana y llega a un medio natural o seminatural que se encuentra fuera de su área de distribución original. Según la intencionalidad de esta intervención, existen tres tipos de introducción:
   – Introducción intencionada (o deliberada), cuando la introducción es premeditada para un determinado uso económico;
   – Introducción accidental, cuando las especies escapan al confinamiento en que eran mantenidas;
   – Introducción involuntaria (o fortuita), cuando la introducción ocurre de forma inadvertida a través de vías de comunicación y transporte.

Especie exótica establecida (o naturalizada): Una especie introducida se considera establecida cuando salva las barreras bióticas y abióticas que se oponen a su supervivencia y supera los obstáculos que se oponen a su reproducción normal, manteniendo así poblaciones de forma autosuficiente.

Especie exótica invasora: Una especie naturalizada se considera invasora cuando prolifera y se extiende más allá de determinados límites, induciendo con ello cambios que amenazan a los ecosistemas, los hábitats o las especies. Toda especie exótica que se encuentra establecida debe ser considerada como invasora o potencialmente invasora.

Variedades o formas domésticas: Se entiende por variedades o formas domésticas aquellos organismos cuyo material genético ha sido modificado artificialmente de una determinada forma que no podría lograrse naturalmente por reproducción sexual o recombinación. Se consideran, por definición, exóticos.


CATEGORÍAS

Categoría C
Se incluyen en la categoría C aquellas especies que, habiendo sido introducidas por el hombre, han establecido poblaciones reproductoras que se mantienen por sí mismas sin necesidad de nuevas introducciones.
También se incluyen aquellas especies exóticas no establecidas en el propio país pero que sí lo están en otro país vecino, a partir del cual llegan regularmente: subcategoría C* (o C5).

Categoría E
Se incluyen en la categoría E aquellas especies que, habiendo sido introducidas por el hombre, no han establecido poblaciones reproductoras que se mantengan por sí mismas. Existen tres subcategorías:
subcategoría E1. Especies en las que se ha comprobado su reproducción regular y que se sospecha que puedan llegar a establecerse en un futuro próximo.
subcategoría E2. Especies en las que se ha comprobado su reproducción únicamente de forma irregular u ocasional, no existiendo ningún indicio de que puedan llegar a establecerse en un futuro próximo.
subcategoría E3. Especies observadas solamente de forma ocasional, sin haberse constatado su reproducción.

Las especies con la subcategoría C* pueden estar al mismo tiempo señaladas dentro de la categoría E. En todas estas categorías se incluyen tanto las especies propiamente exóticas como las variedades y formas domésticas, ejemplares híbridos con especies nativas, etc.


Teniendo en cuenta esto, podemos hacer una correlación entre los Estatus de SEO/Birdlife y los de Observado.org en la siguiente tabla:

Relación de estatusb



SEO/Birdlife---->Observado.org
Nativa 1a (Autóctona)
Exótica 2c (Exótica)
Exótica naturalizada 2a (Exótica naturalizada)
Exótica invasora 2a (Exótica naturalizada)
Variedades o formas domésticas 2c (Exótica)

Relación de categorías



SEO/Birdlife---->Observado.org
C 2a (Exótica naturalizada)
E 2c (Exótica)
E1 2b (Exótica en Naturalización)
E2 2c (Exótica)
E3 2c (Exótica)